Como citar APA:
Tello, I. (2023) Incoterms, Elemento importante en los negocios
internacionales. Repique, 5(2), 92-111
Vol. 5 Núm. 2
Julio - Diciembre 2023
e-ISSN: 2550-6676
pp 92-111
Incoterms: elemento importante en los negocios internacionales
Ivon Alicia Tello Ayala
*
Resumen
Con el pasar del tiempo las sociedades se han visto envueltas en
una constante evolución en aspectos políticos, sociales,
económicos y comerciales, en donde los elementos, términos,
procesos y maneras de negociar han experimentado grandes
cambios. Es por eso que el presente artículo muestra la definición,
aplicación e importancia de los incoterms en los negocios
internacionales. Para ello se realizó una revisión bibliográfica con
un enfoque cualitativo, basados en la aplicación de los incoterms,
la diversidad cultural en las negociaciones y el resultado exitoso en
una negociación internacional por aplicación correcta de los
mismos. Tomando en cuenta la información obtenida, se
recomienda el estudio a profundidad de los incoterms para poder
llevar a cabo una buena negociación internacional y sobre todo
generar grandes oportunidades de crecimiento dentro del ámbito
del comercio exterior.
Palabra clave:
Incoterms, Negocios Internacionales, Cultura,
Elemento de Negociación, Términos de Negociación Internacional,
Contrato Compraventa
* Master, Instituto Superior Tecnológico Corporativo Edwards Deming, i.tello@deming.edu.ec,
https://orcid.org/0000-0002-6109-2119
Repique. Revista de Ciencias Sociales.
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Incoterms: Important Element In International Business
Abstract
With the passing of time, societies have been involved in a constant
evolution in political, social, economic and commercial aspects,
where the elements, terms, processes and ways of negotiating have
undergone great changes. That is why this article shows the
definition, application and importance of incoterms in international
business. For this, a bibliographical review was carried out with a
qualitative approach, based on the application of incoterms,
cultural diversity in negotiations and the successful result in an
international negotiation due to their correct application. Taking
into account the information obtained, an in-depth study of
incoterms is recommended in order to carry out a good
international negotiation and, above all, generate great
opportunities for growth within the field of foreign trade.
Keyword:
Incoterms, International Business, Culture, Element of
Negotiation, Terms of International Negotiation, Purchase contract.
Recibido :
03-02-2023
Aprobado:
15-06-2023
INTRODUCCIÓN
Con el pasar del tiempo, el comercio ha estado presente en la
sociedad adoptando distintos nombres como trueque, comercio,
negocio, el cual ha ido evolucionando en contenido de procesos,
normativas, elementos, herramientas, responsabilidades,
obligaciones y términos. Entre los principales objetos de cambio
se encuentra la aparición de los contratos, propuestas comerciales,
la aparición del dinero como método de cambio por un bien,
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términos de negociación, entre otros. No obstante, en la actualidad
el comercio internacional va más allá de firmar contratos de
compraventa por un bien o servicio, ya que se establecen procesos
de entrega de los productos, responsabilidades, obligaciones y
sobre todo los riesgos de las partes involucradas. Tomando a
consideración lo antes planteado y tratando de encontrar la
respuesta a la gran pregunta ¿Cuál es la importancia de los
incoterms en los negocios internacionales?, primero se debe
plantear un concepto exacto y preciso sobre los “Incoterms” para
lograr responder a ¿Qué son? ¿Cuál es su uso? ¿Cuál es su división?
¿Cuántos incoterms existen?, y de este modo poder determinar la
importancia de los mismos dentro de los negocios internacionales.
Los Incoterms o International Commercial Terms, lo que su
significado traducido al español es Términos de Negociación
Internacional, los cuales determinan las obligaciones y
responsabilidades que tiene que asumir las partes involucradas
dentro de una negociación internacional, las cuales están
representadas bajo el termino de comprador y vendedor. Estos
términos fueron creados por la Cámara de Comercio Internacional
(CCI) para proporcionar una terminología común para las
transacciones comerciales internacionales y ayudar en la
eliminación de malentendidos y conflictos entre los compradores
y vendedores. Muchos expertos en el área de comercio exterior
han realizado investigaciones acerca de estos términos, los mismos
que expresan su importancia sobre el conocer acerca de esta
terminología internacional para los negocios. Al respecto, La
Cámara de Comercio de Bogotá (2008) plantea que “los Incoterms
son un conjunto de reglas internacionales para la interpretación de
las condiciones y responsabilidades en que se vende o se compra
a un cliente o proveedor extranjero” (p.4).
El empresario o especialista que posea conocimiento sobre el
significado de esta herramienta, tiene a su favor una ventaja para
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poder superar obstáculos culturales que puedan surgir dentro de
una negociación, y esto se debe a que no todos los países tienen
leyes y regulaciones comerciales similares, es por eso que los
Incoterms son cruciales dentro de las transacciones comerciales
internacionales, ya que los mismos proporcionan una base común
y sobre todo ayudan a evitar confusiones dentro de la negociación
al establecer responsabilidades de cada una de las partes
involucradas.
Aplicación de los Incoterms
Es importante comprender que los Incoterms están estrechamente
relacionados con el proceso logístico y los medios de transporte, y
es por esta razón, que existen once Incoterms y los mismos se
agrupan en dos importantes grupos, los cuales son: Incoterms
multimodales e Incoterms marítimos. Según la Camara de
Comercio Internacional (2020), la clasificación de los Incoterms se
establece de la siguiente manera:
Los Incoterms multimodales poseen una característica muy
peculiar, y es que los mismos pueden ser aplicados para cualquier
medio de transporte ya sea marítimo, terrestre y aéreo. Dichos
Incoterms son: EXW (ExWorks), FCA (Free Carrier), CPT (Carriage
Paid to), CIP (Carriage and Insurance Paid To), DAF (Delivered at
Frontier), DDU (Delivered Duty Unpaid) y DDP (Delivered Duty
Paid). Por otro lado, los Incoterms marítimos, son de uso exclusivo
para el transporte por vía marítima tal como se clasificación lo
indica. Estos Incoterms son: FAS (Free alongside ship), FOB (Free
on Board), CFR (Cost and Freight), CIF (Cost, Insurance and
Freight). Tomando en cuenta la información antes mencionado, se
puede determinar que los Incoterms son aplicables dependiendo
el producto (esto se debe a que ciertos productos necesitan un
tratamiento y tiempo de entrega especial) y en base al tiempo,
medio de transporte y costo, además de los intereses de las partes,
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es decir en base a las obligaciones que cada parte esté dispuesto
a ser responsable.
METODOLOGÍA
Se llevó a cabo una investigación bibliográfica-documental,
mediante el análisis e interpretación de textos, desde un enfoque
cualitativo. Se utilizaron fichas bibliográficas y bitácoras de
búsqueda mediante palabras clave para la obtención de
información.
RESULTADOS
Responsabilidades en los Incoterms
Uno de los puntos o aspectos más importantes dentro de los
Inconterms es la determinación de responsabilidades tanto para el
comprador (importador) como para el vendedor (exportador), las
cuales de igual manera tienen una estrecha relación con los riesgos
que cada parte dentro de la negociación tiene que asumir.
Comenzaremos con las responsabilidades de los Incoterms
marítimos, los cuales quedan determinados de la siguiente
manera:
FAS (Free AlongSide Ship)
Responsabilidades Vendedor:
Preparar la mercancía según se haya establecido en el
contrato de compraventa, embalarla, empaquetarla y marcarla
adecuadamente para su transporte por mar.
Transportar la mercancía hasta entregarla al costado del
buque en el puerto de embarque designado.
Aportar la documentación pertinente: factura y lista de
bultos. También deberá ayudar al comprador en caso que éste
solicite algún otro documento que sea requerido para poder
despachar la mercancía en la aduana de importación.
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Notificar al comprador que la mercancía ha sido entregada
en el lugar de embarque.
Realizar el despacho de exportación (si procede) y obtener
la documentación necesaria para poder realizarlo.
Responsabilidades Comprador:
Abonar el precio de la mercancía acordado en el contrato
de compraventa.
Contratar y asumir el coste de las operaciones de carga en
el puerto de embarque.
Contratar y asumir el transporte marítimo desde que la
mercancía se encuentra al costado del buque en el puerto de
embarque. Si así lo acuerdan, el vendedor puede contratar el
transporte, pero asumiendo el coste y el riesgo el comprador.
Recibir la mercancía y asumir los costes y riesgos desde el
momento de la entrega por parte del vendedor al costado del
buque en el puerto de embarque designado. Esto incluye:
transporte marítimo, despacho de importación, costes posteriores
en destino, y otros costes de operaciones o manipulaciones que
puedan surgir.
Nota:
En este Incoterms, el vendedor deberá demostrar que ha
entregado la mercancía en el punto convenido mediante un
documento que pruebe la recepción de la mercancía en el puerto
de embarque por parte de los compradores.
FOB (Free On Board)
Responsabilidades Vendedor:
Preparar la mercancía según se haya establecido en el
contrato de compraventa, embalarla, empaquetarla y marcarla
adecuadamente en función del transporte.
Transportar la mercancía y asumir los costes hasta entregarla
a bordo del buque en el puerto de embarque designado.
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Aportar la documentación pertinente: factura y lista de
bultos. También deberá ayudar al comprador en caso que éste
solicite algún otro documento que sea requerido para poder
despachar la mercancía en la aduana de importación.
Notificar al comprador que la mercancía ha sido entregada
a bordo del buque.
Realizar el despacho de exportación (si procede) y obtener
la documentación necesaria para poder realizarlo.
Responsabilidades Comprador:
Abonar el precio de la mercancía acordado en el contrato
de compraventa.
Contratar y asumir el coste del transporte marítimo de la
carga que se encuentra a bordo del buque en el puerto de
embarque. Si así lo acuerdan, el vendedor puede contratar el
transporte marítimo, pero asumiendo el coste y el riesgo el
comprador.
Recibir la mercancía y asumir los costes y riesgos desde el
momento de la entrega por parte del vendedor a bordo del buque
en el puerto de embarque designado. Esto incluye: transporte
marítimo, despacho de importación, costes posteriores en destino,
y otros costes de operaciones o manipulaciones que puedan surgir.
Nota:
Este Incoterms no obliga ni al comprador ni al vendedor a
contratar un seguro que cubra los posibles riesgos que puede sufrir
la mercancía durante su transporte al lugar de destino. Sin
embargo, es conveniente que se contrate un seguro que cubra los
riesgos que asume tanto el vendedor, que debe colocar la
mercancía a bordo del buque, como el comprador, que asume los
riesgos a partir de ese momento.
CFR (Cost and Freight)
Responsabilidades Vendedor:
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Preparar la mercancía según se haya fijado en el contrato de
compraventa, embalarla adecuadamente y marcar el embalaje.
Contratar y asumir el transporte de la mercancía hasta el
puerto de destino que se haya designado. No se incluye el coste
de descarga, a menos que se haya acordado entre las partes.
Aportar la documentación necesaria: factura y lista de
bultos. También deberá ayudar al comprador en caso que éste
solicite algún otro documento que sea requerido para poder
despachar la mercancía en la aduana de importación.
Proporcionar al comprador el documento de transporte
marítimo (Bill of Lading, B/L), dado que es el documento que va a
permitir a la empresa compradora reclamar la mercancía a la
naviera o transportista en el puerto de destino.
Notificar al comprador que la mercancía ha sido entregada
para su transporte e informarle de cuándo está prevista su llegada
al puerto de destino.
Si procede, realizar el despacho de exportación y obtener
los documentos necesarios.
Responsabilidades Comprador:
Abonar el precio de la mercancía acordado en el contrato
de compraventa.
Recibir la mercancía que le entregue la naviera en el puerto
de destino convenido.
Realizar el Despacho de importación, si procede, realizando
las gestiones, la tramitación documental y el pago de los impuestos
que se exijan.
Encargarse y asumir los costes en destino, incluyendo el
coste de la descarga en el puerto, a menos que no se haya pactado
lo contrario, y del transporte hasta sus instalaciones.
Nota:
Este Incoterms no obliga a contratar una póliza de seguro,
pero ambas empresas han de decidir si aseguran los riesgos de la
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operación y la mercancía, la parte vendedora hasta la entrega a
bordo del buque y la compradora a partir de ese momento.
CIF (Cost, Insurance and Freight)
Responsabilidades Vendedor:
Preparar la mercancía según se haya fijado en el contrato de
compraventa, embalarla adecuadamente y marcar el embalaje.
Contratar y asumir el transporte de la mercancía hasta el
puerto de destino que se haya acordado. No se incluye el coste de
descarga, a menos que se haya acordado entre las partes.
Contratar un seguro de transporte que cubra los riesgos que
soporta el comprador en el transporte de la mercancía desde el
momento de la entrega en origen.
Aportar la documentación necesaria: factura y lista de
bultos. También deberá ayudar al comprador en caso que éste
solicite algún otro documento que sea requerido para poder
despachar la mercancía en la aduana de importación.
Proporcionar al comprador el documento de transporte
marítimo (Bill of Lading, B/L), dado que es el documento que va a
permitir a la empresa compradora reclamar la mercancía a la
naviera o transportista en el puerto de destino.
Notificar al comprador que la mercancía ha sido entregada
para su transporte e informarle de cuándo está prevista su llegada
al puerto de destino.
Si procede, realizar el despacho de exportación y obtener
los documentos necesarios.
Responsabilidades Comprador:
Abonar el precio de la mercancía acordado en el contrato
de compraventa.
Recibir la mercancía que le entregue la naviera en el puerto
de destino convenido.
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Realizar el Despacho de importación, si procede, realizando
las gestiones, la tramitación documental y el pago de los impuestos
que se exijan.
Encargarse y asumir los costes en destino, como por
ejemplo el coste de la descarga en el puerto, a menos que no se
haya pactado lo contrario, y del transporte hasta sus instalaciones.
Nota:
El vendedor dentro de este Incoterms también está obligado
a contratar un seguro que cubra los riesgos del transporte que
asume el comprador, es decir, una vez que la mercancía se ha
embarcado a bordo del buque en el puerto de embarque
designado. Los riesgos del transporte previos al embarque son
soportados por la empresa vendedora.
Por otro lado, las responsabilidades de los Incoterms multimodales
se determinan de la siguiente manera:
EXW (Ex Works)
Responsabilidades Vendedor:
Preparar la mercancía según se haya establecido en el
contrato de compraventa, embalarla, empaquetarla y marcarla
adecuadamente y según el modo de transporte elegido.
Aportar la documentación pertinente: factura y lista de
bultos. También deberá ayudar al comprador en caso que éste
solicite algún otro documento que sea requerido para poder
despachar la mercancía.
Notificar al comprador que la mercancía está preparada
para ser entregada en sus instalaciones para que pueda proceder
a recogerla.
Responsabilidades Comprador:
Abonar el precio de la mercancía acordado en el contrato
de compraventa.
Recibir la mercancía en el lugar designado y dentro del
plazo acordado
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Gestionar y asumir todos los costes de las operaciones que
forman parte de la cadena logística a partir de la recepción de la
mercancía: carga en el primer vehículo, transporte inicial, costes en
terminal de origen, despacho de exportación, transporte principal,
despacho de importación, costes en terminal de destino,
transporte final y descarga.
Nota:
Dentro de este Incoterms el comprador es quien asume
todos los gastos y riesgos inherentes a la cadena logística, desde
la salida de las instalaciones del vendedor hasta el destino final.
FCA (Free Carrier)
Responsabilidades Vendedor:
Preparar la mercancía según se haya establecido en el
contrato de compraventa, embalarla, empaquetarla y marcarla
adecuadamente y según el modo de transporte elegido.
Aportar la documentación pertinente: factura y lista de
bultos. También deberá ayudar al comprador en caso que éste
solicite algún otro documento que sea requerido para poder
despachar la mercancía.
Notificar al comprador que la mercancía ha sido entregada
al transportista en sus instalaciones o en otro lugar convenido.
Cargar la mercancía en el vehículo de la empresa
transportista que ha designado el comprador. Si la entrega se
produce en otro lugar que no sean sus instalaciones, deberá asumir
el transporte hasta ese lugar, pero no se incluirá la descarga de la
mercancía para traspasarla al vehículo.
Realizar el despacho de exportación (si procede) y obtener
la documentación necesaria para poder realizarlo.
Responsabilidades Comprador:
Abonar el precio de la mercancía acordado en el contrato
de compraventa.
Recibir la mercancía cargada sobre el vehículo de la
empresa transportista en las instalaciones del vendedor o en otro
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lugar que se haya acordado; en este caso, el comprador deberá
hacerse cargo de la descarga de la mercancía para ubicarla en el
vehículo de transporte.
Gestionar y asumir todos los costes de las operaciones que
forman parte de la cadena logística posteriores a la recepción de
la mercancía: transporte desde las instalaciones del vendedor (si
procede), descarga, otros transportes iniciales y operaciones
(almacenaje, consolidación) hasta la terminal, costes en terminal de
origen, transporte principal, despacho de importación, costes en
terminal de destino, transporte final y descarga.
Nota:
Es considerado el Incoterms es muy versátil y la regla más
adecuada para los diferentes modos de transporte. Por tanto,
puede aplicarse cuando se trata de transportar cargas completas,
puerta a puerta, a nivel nacional o internacional.
CPT (Carriage Paid To)
Responsabilidades Vendedor:
Preparar la mercancía según se haya establecido en el
contrato de compraventa, embalarla y empaquetarla
adecuadamente según el modo de transporte elegido.
Aportar la documentación pertinente: factura y lista de
bultos. También deberá ayudar al comprador en caso que éste
solicite algún otro documento que sea requerido para poder
despachar la mercancía en la aduana de importación.
Notificar al comprador que la mercancía ha sido entregada
al transportista a entrega de la mercancía e informarla de cómo y
cuándo la recibirá.
Si procede, realizar el despacho de exportación y obtener
los documentos necesarios.
Contratar y asumir el transporte hasta el lugar de destino
acordado. En este caso, no se incluye el coste de la descarga, a
menos que se haya acordado que sea así y quede fijado en el
contrato de transporte.
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Responsabilidades Comprador:
Abonar el precio de la mercancía acordado en el contrato
de compraventa.
Recibir la mercancía que le entregue la empresa
transportista contratada por el vendedor en el lugar de destino
pactado.
Pagar el coste de la descarga de la mercancía en el lugar de
destino, si previamente en el contrato de transporte no se ha
estipulado que lo paga el vendedor.
Asumir los costes en el lugar de destino (una terminal
marítima, aérea o terrestre), como la manipulación, las tasas, los
recargos o las inspecciones.
Realizar el Despacho de importación, si procede, realizando
las gestiones, la tramitación documental y el pago de los impuestos
que se exijan.
Encargarse y asumir los costes en el país de destino, si
procede, como, por ejemplo, el transporte desde el lugar de
descarga hasta el destino final y el coste de la descarga en este
punto.
Nota:
Este Incoterms puede aplicarse a cualquier tipo de
transporte (marítimo, aéreo o terrestre), y por tanto el vendedor
está obligado a contratar y asumir todos los costos para el
transporte de la mercancía hasta el lugar de destino convenido,
que puede ser una terminal marítima, terrestre o aérea.
CIP (Carriage and Insurance Paid to)
Responsabilidades Vendedor:
Preparar la mercancía según se haya fijado en el contrato de
compraventa, embalarla y empaquetarla adecuadamente según el
modo de transporte elegido.
Aportar la documentación pertinente: factura y lista de
bultos. También deberá ayudar al comprador en caso que éste
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solicite algún otro documento que sea requerido para poder
despachar la mercancía en la aduana de importación.
Notificar al comprador que la mercancía ha sido entregada
al transportista e informarla de cómo y cuándo la recibirá.
Si procede, realizar el despacho de exportación y obtener
los documentos necesarios.
Contratar y asumir el transporte hasta el lugar de destino
acordado (generalmente una terminal portuaria o terrestre). En
este caso, no se incluye el coste de la descarga, a menos que haya
sido acordado entre las partes y conste en el contrato de
transporte.
Contratar y asumir el seguro para cubrir los riesgos de la
mercancía respecto al transporte. El riesgo lo asume comprador
desde el momento en que la mercancía se entrega en el punto de
origen.
Responsabilidades Comprador:
Abonar el precio de la mercancía acordado en el contrato
de compraventa.
Recibir la mercancía que le entregue la empresa
transportista contratada por el vendedor en el lugar de destino
pactado.
Pagar el coste de la descarga de la mercancía en el lugar de
destino, si previamente en el contrato de transporte no se ha
estipulado que lo paga el vendedor.
Asumir los costes en el lugar de destino (una terminal
marítima, aérea o terrestre), como la manipulación, las tasas, los
recargos o las inspecciones.
Realizar el Despacho de importación, si procede, realizando
las gestiones, la tramitación documental y el pago de los impuestos
que se exijan.
Encargarse y asumir los costes en el país de destino, si
procede, como, por ejemplo, el transporte desde el lugar de
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descarga hasta el destino final y el coste de la descarga en este
punto.
Nota:
En este Incoterms, El vendedor entrega la mercancía y
transfiere los riegos al comprador en el momento que pone la
mercancía a disposición del primer transportista en sus
instalaciones.
DAP (Deliver at Place)
Responsabilidades Vendedor:
Preparar la mercancía según se haya fijado en el contrato de
compraventa, embalarla y empaquetarla adecuadamente según el
modo de transporte elegido.
Aportar la documentación pertinente: factura y lista de
bultos. También deberá ayudar al comprador en caso que éste
solicite algún otro documento que sea requerido para poder
despachar la mercancía en la aduana de importación.
Notificar al comprador para que pueda proceder a la
recepción de la mercancía.
Si procede, realizar el despacho de exportación y obtener
los documentos necesarios.
Contratar y asumir el transporte hasta el lugar de destino
acordado y, si procede, incluir los costes de manipulación, tasas,
recargos o inspecciones en la terminal de entrada al país de la
empresa compradora. También pagar el coste del transporte
posterior hasta el lugar de destino designado, pero sin descargar
la mercancía del vehículo.
Responsabilidades Comprador:
Abonar el precio de la mercancía acordado en el contrato
de compraventa.
Realizar el Despacho de importación, realizando las
gestiones, la tramitación documental y el pago de los impuestos
que se exijan.
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Nota:
En este Incoterms es muy adecuado cuando se trata de una
operación de transporte en camión completo puerta a puerta y
también para grupajes, y es por esta razón que el vendedor carga
la mercancía en origen con sus medios y el comprador la descarga
en destino también con sus medios.
DPU (Delivered at Place Unloaded)
Responsabilidades Vendedor:
Entrega de las mercancías, factura comercial y
documentación.
Exportación de embalaje y marcado.
Licencias de exportación y trámites aduaneros.
Transporte y entrega.
Costes de carga.
Vehículo principal.
Entrega en el lugar de destino convenido.
Costes de descarga.
Prueba de envío.
Costo de la inspección previa al envío.
Responsabilidades Comprador:
Pago por bienes como se especifica en el contrato de venta.
Trámites y derechos de importación.
Costo de la inspección previa al despacho de importación.
Transporte posterior y entrega al comprador (según el lugar
convenido).
Nota:
DPU es considerada la única regla de Incoterms que requiere
que el vendedor descargue la mercancía en el lugar de destino. El
comprador y el vendedor deben especificar en el contrato y
acordar un lugar de destino designado.
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DDP (Delivered Duty Paid)
Responsabilidades Vendedor:
Preparar la mercancía según se haya fijado en el contrato de
compraventa, embalarla y empaquetarla adecuadamente según el
modo de transporte elegido.
Aportar la documentación pertinente: factura y lista de
bultos. Si el comprador lo solicita, deberá ayudarlo a obtener la
documentación requerida por el transporte final de la mercancía
cuando ésta llega al lugar de destino.
Notificar al comprador para que pueda proceder a la
recepción de la mercancía.
Si procede, realizar el despacho de exportación y obtener
los documentos necesarios.
Contratar y asumir el transporte hasta el lugar de destino
acordado y, si procede, incluir los costes de manipulación, tasas,
recargos o inspecciones en la terminal de entrada al país de la
empresa compradora. También pagar el coste del transporte
posterior hasta el lugar de destino designado, pero sin descargar
la mercancía del vehículo.
Realizar las gestiones del despacho de importación, obtener
la documentación pertinente y pagar los impuestos que sean
necesarios.
Responsabilidades Comprador:
Abonar el precio de la mercancía acordado en el contrato
de compraventa.
Nota:
En este Incoterms el vendedor debe ocuparse de realizar el
despacho de aduanas de importación, además, es importante que
el mismo vendedor realice la gestión documental, así como el
pago de los impuestos correspondientes.
A modo de resumen, se presenta continuación las
responsabilidades de cada Incoterms representados en la
siguiente tabla.
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Figura 1.
Responsabilidades y riesgos en los Incoterms 2020
Es importante que las responsabilidades y riesgos sean estudiadas
de manera clara, ya que este punto será crucial para solucionar
cualquier inconveniente que pueda presentarse durante el proceso
logístico de las mercancías que han sido negociadas.
CONCLUSIONES
Basado en la información revisada se puede inferir que, los
Incoterms o términos de negociación internacional, por su enfoque
de regular y establecer responsabilidades entre las partes de una
negociación, contribuye al desarrollo y establecimiento de buenas
prácticas dentro del comercio exterior. Por otra parte, la aplicación
de la misma desarrolla habilidades y competencias que se alinean
con los perfiles de especialistas en el comercio exterior, ya que
mediante el uso de estos términos dichos empresarios lograran
determinar buenas oportunidades de negociación.
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A través del manejo de los Inocterms, los empresarios dentro del
campo de los negocios internacionales también adquieren
habilidades para analizar información de manera crítica, evaluar
diferentes perspectivas y tomar decisiones éticas e importantes.
REFERENCIAS
Castro Bernal, G. (2020). Incoterms 2020. Our Knowledge
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https://www.tibagroup.com/blog/incoterms-2020/?lang=es
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https://conexionintal.iadb.org/2017/03/06/la-evolucion-del-
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de https://repository.usta.edu.co/handle/11634/22660
Fernanda, M., Saavedra, C., María, L., Mesa, C., Quintero Camargo,
H., Morales, A. V., María, C., & Garzón, P. (n.d.). de autor
Prohibida la reproducción total o parcial bajo cualquier forma.
Los INCOTERMS y su uso en el comercio internacional.
Repique. Revista de Ciencias Sociales.
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Julio - Diciembre
111
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